Programas de ayudas

marzo
17
2026

Ekintzaile 2026 ofrece hasta 30.000 € de apoyo a proyectos de emprendimiento impulsados por personas o empresas

Dotado con 3,5M€, el Programa de Ayudas del Grupo SPRI ofrece subvenciones a fondo perdido a través dos líneas de ayudas diferenciadas para acompañar la maduración de la idea y la puesta en marcha de proyectos de emprendimiento tutelados por Business Innovation Centers. Las ayudas están orientadas a apoyar el desarrollo del proyecto y la elaboración del Plan de Empresa, tanto en iniciativas impulsadas por personas emprendedoras – línea 1, como en proyectos de intraemprendimiento promovidos desde empresas- línea 2. A partir del 17 de marzo y hasta el 11 de diciembre de 2026 se pueden presentar las solicitudes al programa.

La nueva edición del programa de ayudas al emprendimiento Ekintzaile pone a disposición de particulares y empresas un servicio de acompañamiento integral, flexible y a medida de sus necesidades, para el análisis de la viabilidad de la idea, el desarrollo del Plan de Empresa y el avance en la puesta en marcha del proyecto. En el caso de los proyectos de intraemprendimiento, este acompañamiento se orienta a impulsar nuevos proyectos empresariales que supongan una diversificación de la actividad actual de la empresa.

Los BICs (Business Innovation Center) tutelarán cada proyecto, actuando como facilitadores en el proceso de maduración y puesta en marcha de proyectos empresariales innovadores y/o de base tecnológica, de carácter industrial o de servicios relacionados. De este modo, los BICs actúan como puerta de entrada al ecosistema vasco de emprendimiento y dinamizan la interacción con el tejido empresarial de cada territorio.

Ekintzaile ofrece dos líneas de ayudas diferenciadas para acompañar la maduración de la idea y la puesta en marcha de proyectos de emprendimiento.

Tipología de proyectos subvencionables

  • Línea 1: Proyectos de emprendimiento impulsados por personas emprendedoras Hasta 30.000€ a fondo perdido para proyectos empresariales impulsados por personas físicas o por empresas de nueva creación, que se encuentren en las fases de maduración de la idea y puesta en marcha, y que cuenten con la tutela de un Business Innovation Center (BIC).

 

  • Línea 2: Proyectos de intraemprendimiento impulsados desde empresas

Hasta 30.000 € a fondo perdido, con una intensidad de subvención de hasta el 70 % de los gastos elegibles, que podrá ampliarse hasta el 100 % en caso de constitución de la nueva empresa dentro del plazo de ejecución del proyecto para proyectos de emprendimiento que surgen dentro de empresas vascas, impulsados por un equipo promotor interno, orientados a la creación de nuevos proyectos empresariales y que supongan una diversificación de la actividad actual de la empresa.

Requisitos adicionales de los proyectos

  • Proyectos innovadores o de base tecnológica de carácter industrial o de servicios conexos: Proyectos que incorporen innovación o tengan un componente tecnológico relevante, aplicados al desarrollo de nuevos productos, servicios o modelos de negocio de naturaleza industrial o de servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, alineados con el tejido productivo de Euskadi.
  • Fases del proyecto subvencionables: Se apoyan proyectos que se encuentren en las fases de maduración de la idea y puesta en marcha, incluyendo la elaboración del Plan de Empresa, siempre dentro del marco de acompañamiento del BIC – Busines Innovation Center de Euskadi.

Gastos elegibles

Se subvencionan el 100% o el 70% de los gastos de acompañamiento para impulsar el proyecto emprendedor, hasta 30.000 euros.

  1. Formación empresarial y específica: Formación empresarial y específica, incluida la no reglada, siempre que esté directamente vinculada al proyecto emprendedor. El gasto deberá ser aprobado por el BIC tutor.
  2. Consultoría y asistencia técnica externa: Servicios de consultoría y asistencia técnica externa necesarios para la maduración de la idea, la elaboración del Plan de Empresa o la puesta en marcha del proyecto. No serán subvencionables los trabajos realizados por la persona o empresa solicitante, ni por empresas del grupo o vinculadas, ni por entidades del sector público.
  3. Estudios de prospección y documentación: Estudios de mercado, análisis de viabilidad y documentación necesaria para analizar, definir y contrastar el proyecto empresarial, siempre que estén directamente relacionados con el objeto del programa.
  4. Ferias y viajes de prospección comercial: Gastos derivados de la asistencia a ferias y de los viajes de prospección comercial vinculados al desarrollo y validación del proyecto, realizados dentro de los plazos establecidos y aprobados por el BIC tutor.
  5. Maquetas y prototipos: Gastos asociados a la realización de maquetas y prototipos necesarios para validar la idea, el producto o el servicio. Este tipo de gasto no podrá superar el 25 % del presupuesto total aprobado.

Todos los gastos subvencionables deberán superar un importe mínimo de 100 €, estar vinculados al proyecto y contar con la aprobación del BIC tutor. Los gastos deberán realizarse después de presentar la solicitud y dentro de un plazo máximo de 18 meses desde la concesión de la ayuda. Si el proyecto se hubiera iniciado previamente, SPRI podrá admitir determinados gastos anteriores, siempre que sean posteriores al 1 de enero de 2026.

A partir del 17 de marzo y hasta el 11 de diciembre de 2025 se pueden presentar las solicitudes al programa.